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ACTA PARITARIA Nº 2
--- En la Ciudad de Luján, en la sede de la Universidad Nacional de Luján, a los veinticinco días del mes de febrero del año dos mil once, siendo las doce treinta horas, se reúne la Comisión Paritaria Nivel Particular del sector No Docente, con la presencia de los señores Gabriel CASCALLARES, y Sergio CERCOS en representación de la parte empleadora y los señores Daniel VILLA, Juan RAMOS y Karina LOPEZ en representación de la parte trabajadora a fin de tratar los siguientes temas: 1.- Asignación definitiva categoría personal No Docente: Antonio CARABALLO. 2.- Ingreso personal No Docente - Dirección de Bienestar Universitario- Departamento de Deportes para prestar servicios en la Delegación Universitaria San Fernando. TRI-LUJ: 3244/2010. 3.- Acta Dictamen Selección de Aspirantes para cubrir un cargo de Bibliotecario en el Centro Regional Campana. 4.- Solicitudes de incorporación de personal:
a) Centro Regional Campana - Biblioteca
b) Dirección General Técnica – División Apoyo a la Docencia. TRI-LUJ: 9436/2010
c) Centro de Investigación, Docencia y Educación en Educación Infantil (CIDEEI) TRI-
LUJ: 9791/2010.
d) Delegación San Fernando: Dirección de Mantenimiento y Servicios.
5.- Transferencia a la Planta Permanente de Personal No Docente. 6.- Intercambio de personal permanente entre Instituciones Universitarias Nacionales para prestar servicios temporarios, artículo 20, Reglamentación Particular CCT, Decreto PEN Nº 366/06":
a) María Eugenia Fernández – Universidad Nacional de Entre Ríos.
b) María José Plohn – Universidad Nacional de Tucumán – Solicitud de Prórroga
7.- Solicitud Licencia Extraordinaria con goce de haberes por atención de familiar enfermo:
a) María Eugenia Fernández. TRI-LUJ: 402/2011
b) Marisa Campos.
8.- EXP-LUJ: 1204/2008- Licencia Extraordinaria s/g.h. Escudero, Silvia - Dictamen Departamento de Asuntos Jurídicos. 9.- Asignación Suplemento por Riesgo personal No Docente - Departamento de Laboratorios. TRI-LUJ: 471/2011 10.- Modalidad de retribución por tarea complementaria. TRI-LUJ: 472/2011 11.- Dirección de Gestión de Rectorado – informe incompatibilidad horaria de personal. 12.- Asignación Presupuestaria de Partida Administración No Docente:
a) Prórroga contratación Asesor Letrado DASMI.
b) Talleres artísticos División Cultura - Dirección de Extensión y Transferencias.
13.- Propuesta modificación estructura Dirección General Económico Financiera. 14.- Informe Anual de Capacitación Año 2010. TRI-LUJ: 511/2011. 15.- Cambio de sector recomendación del Centro de Reconocimientos Médicos – María del Carmen Villone. EXP-LUJ: 233/2010. 16.- Situación Personal Médico Delegación San Fernando – TRI-LUJ: 7351/2010 – EXP-LUJ: 53/2011. 17.- Comisión de Accesibilidad: solicitud de personal No Docente. 18.- Solicitud ATUNLu modificación Reglamentación Particular Artículo 103 inciso 18 –Receso invernal- Convenio Colectivo de Trabajo, Decreto PEN Nº 366/06, homologada por Res. CS 429/09. 19.- Propuesta ATUNLu modificación Reglamentación Régimen de Concursos. 20.- Asignación Suplemento por Administración de Caja Chica. 1.- Analizado el tema y teniendo en cuenta que la Resolución R. Nº 547/07 estableció la asignación de categorías a personal No Docente en forma transitoria, las partes acuerdan confirmar la asignación de categoría tres (3) Decreto PEN 366/06, a favor del señor Antonio CARABALLO, DNI Nº 4.918.434, Legajo Nº 1509, a partir del 1º de enero de 2011, conforme el Anexo I parte de la presente.
2.- En relación a la incorporación de personal para prestar servicios dependiente del Departamento de Deportes en la Delegación San Fernando, oportunamente convenida por esta Comisión en reunión de fecha 3 de diciembre de 2010, las partes toman conocimiento que quien hubiera accedido al 1º lugar en el Orden de Mérito del Proceso de Selección de Aspirantes oportunamente convocado, señor Marcelo Racig, no hubo tomado posesión del cargo. Por ello y considerando lo expresado por los titulares de área correspondientes, las partes acuerdan el ingreso del señor Leandro Hernán PROVERA, DNI Nº 31.471.000, 2º del orden de mérito referido, en cargo de personal No Docente Planta Transitoria, categoría seis (6), agrupamiento Técnico Profesional, para desempeñar funciones en la Delegación San Fernando con dependencia funcional del Departamento de Deportes – Dirección de Bienestar Universitario. Dicha designación será efectiva a partir del 1º de marzo de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011, período de prueba prorrogable de no mediar informe desfavorable del superior jerárquico correspondiente. 3.- Tratado el tema, las partes acuerdan aprobar el Orden de Mérito correspondiente a la Selección de Aspirantes para cubrir un cargo de Bibliotecario, categoría cinco (5), agrupamiento Técnico Profesional en el Centro Regional Campana con dependencia funcional de la Dirección de Biblioteca, conforme se detalla: 1º Jorge Alberto EMENS y 2º Inés Amelia GIMENEZ. 4.- Analizadas las solicitudes de incorporación de personal efectuadas por responsables de distintas áreas, las partes formulan los acuerdos que en cada caso se indica: a) Biblioteca Centro Regional Campana: Teniendo en cuenta lo establecido en el punto 3. del presente acuerdo, las partes convienen la designación del señor Jorge Alberto EMENS, en un cargo de personal No Docente Planta Transitoria, categoría cinco (5), agrupamiento Técnico Profesional, para prestar servicios en el Centro Regional Campana, con dependencia funcional de la Dirección de Biblioteca, a partir del 1º de abril de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011, período de prueba prorrogable en tanto no se registre informe desfavorable del superior jerárquico correspondiente. b) Dirección General Técnica: analizado el requerimiento, teniendo en cuenta la existencia de la vacante y considerando que ello resiente el normal funcionamiento del sector, las partes acuerdan la asignación de un agente para prestar servicios en la División Apoyo a la Docencia. Al respecto, se encomienda a la Dirección de Gestión de Recursos Humanos No Docentes las gestiones pertinentes a fin de efectivizar la designación convenida mediante la reubicación de personal que hubiera solicitado cambio de sector o agrupamiento. c) Centro de Investigación, Docencia y Educación en Educación Infantil: analizada la presentación efectuada por la Directora del CIDEEI, señora Noemí Burgos, la parte empleadora asume la gestión de solicitar a la requeriente mayores precisiones respecto de los servicios solicitados. d) Delegación San Fernando - Dirección de Mantenimiento y Servicios: analizado el requerimiento y considerando que las bajas producidas por la recesión contractual de dos agentes resienten el normal funcionamiento del sector, las partes acuerdan la incorporación de dos agentes en sendos cargos de personal No Docente Planta Transitoria, categoría siete (7), agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales para desempeñar funciones en esa Delegación. Dichas incorporaciones se efectivizarán teniendo en cuenta el Orden de Mérito del Proceso de Selección de aspirantes para cubrir eventuales cargos vacantes del agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales en la Delegación San Fernando, oportunamente aprobado por esta Comisión en acuerdo de fecha 26 de febrero de 2010. Al respecto, la Comisión conviene solicitar al sr. Director de Mantenimiento y Servicios, determine el perfil de las vacantes para su correspondiente asignación. En relación al requerimiento de personal para la realización de tareas de electricidad, las partes acuerdan la incorporación de un agente en cargo categoría siete (7) Planta transitoria, agrupamiento Mantenimiento, Producción y Servicios Generales. Al respecto y considerando la especificidad de la función, las partes convienen la realización de una selección de aspirantes conforme el régimen
Ad-hoc que como Anexo II forma parte de la presente, con la intervención
de la Comisión Evaluadora que seguidamente se nomina: Gustavo GERARDI, Sergio PEREZ, Gabriel CLEPPE y Sandro GONZALEZ. 5.- Analizada la presentación de ATUNLu por la cual, teniendo en cuenta el cumplimiento de los extremos previstos en la reglamentación vigente y lo acordado por esta Comisión en reunión de fecha 3 de diciembre de 2010, solicita la transferencia de personal No Docente contratado a Planta Permanente; las partes acuerdan la transferencia a la Planta Permanente de la Universidad Nacional de Luján del personal que se nomina en el Anexo III parte de la presente, a partir del 1º de abril de 2011. 6.- a) La Comisión analiza la presentación efectuada por la agente María Eugenia FERNANDEZ, mediante la cual solicita su intercambio con la Universidad Nacional de Entre Ríos en arreglo a lo dispuesto en el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo, Decreto PEN Nº 366/06. Teniendo en cuenta la conformidad expresada por el superior jerárquico correspondiente y de contar con el consentimiento de las autoridades respectivas de la Universidad destino, las partes acuerdan autorizar el intercambio de la referida agente a partir del 1º de marzo de 2011, por el término de doce (12) meses, conforme el anexo IV de la presente. b) Analizada la presentación de la señora María José PLOHN, mediante la cual solicita se prorrogue su período de intercambio con la Universidad Nacional de Tucumán hasta tanto regularice su situación en esa Institución y teniendo en cuenta la conformidad de las autoridades de esa Casa, las partes acuerdan prorrogar el intercambio de la agente Plohn para prestar servicios temporarios en su carácter de Personal No Docente en la Universidad Nacional de Tucumán, a partir el 1º de febrero de 2011 y por el término máximo de seis (6) meses o hasta su designación en la Universidad destino, lo que ocurra primero, conforme lo determinado en el Anexo V parte de la presente. 7.- a) Analizada la solicitud efectuada por la señora FERNANDEZ y teniendo en cuenta la necesidad de usufructuar la licencia requerida, en tanto se trata de atención de enfermedad de hijo menor a cargo, las partes convienen autorizar licencia extraordinaria con goce de haberes a favor de la señora María Eugenia FERNANDEZ, por atención de hijo menor, por el término de diez (10) días, a partir del 18 de febrero de 2011 y hasta el 27 de febrero de 2011, conforme el Anexo VI de la presente. b) Analizada la presentación efectuada por la señora Marisa CAMPOS, teniendo en cuenta la complejidad y gravedad de la situación que genera la licencia extraordinaria requerida, en tanto se trata de enfermedad de hijo menor a cargo, las partes acuerdan autorizar la licencia extraordinaria con goce de haberes solicitada por la señora Marisa Verónica CAMPOS, por atención de hijo menor, por el término de seis (6) meses, a partir del 14 de febrero de 2011, conforme el Anexo VII de la presente. 8.- Analizado el Expediente Nº 1204/2008 por el cual se tramita la licencia extraordinaria sin goce de haberes de la señora Silvia ESCUDERO; teniendo en cuenta el dictamen del servicio jurídico permanente de la Universidad; considerando que al momento hubo caducado el término de la licencia otorgada por Resolución R. Nº 392/06 y visto que en el trámite no obra nueva presentación de la agente, la Comisión acuerda remitir los actuados a la Dirección General de Recursos Humanos para la ejecución de las gestiones que resultan pertinentes. 9.-Considerada la presentación de la Dirección de Gestión de RRHH No Docentes mediante la cual se informa que al tiempo de definir el cambio de sector del señor Víctor Maggio y la incorporación del señor Emiliano Reyes -ambos para prestar servicios en el ámbito del Departamento de Laboratorios- no se efectivizó a favor de dichos trabajadores la asignación del Suplemento por Riesgo conforme lo determinado por la Reglamentación Particular del Artículo 71 del Convenio Colectivo de Trabajo, Decreto PEN Nº 366/06, homologada por Res. CS. Nº 438/08; y teniendo en cuenta que ambos agentes, con carácter regular y permanente, desempeñan funciones cuya naturaleza implica la realización de tareas donde se pone en peligro cierto su integridad psicofísica y que ello se corresponde con lo establecido en la referida
reglamentación, las partes acuerdan la asignación del Suplemento por Riesgo a favor de los agentes mencionados con retroactividad al del 1º de diciembre de 2010, conforme el Anexo VIII de la presente. 10.- Tratado el tema la Comisión acuerda mantener la suspensión de asignación de horas extraordinarias hasta el 31 de diciembre de 2011. En el caso que por razones de servicio resultara necesario el desarrollo de labores en tiempo extraordinario, su ejecución será compensada a través de la Modalidad de Retribución por tarea complementaria acordada por esta Comisión en Acta N° 4 de fecha 27 de marzo de 2009, con los criterios y valores definidos en reunión del 30 de junio de 2010. 11.- Analizada la situación de incompatibilidad horaria de la señora Silvina D'ELÍA para la prestación de servicios en la Dirección de Gestión de Rectorado informada por la titular del área, señora Andrea KARAMAN, las partes acuerdan situar a la señora D´ELIA en disponibilidad para su reubicación en otra dependencia de la estructura del sector, en función de las necesidades de las áreas y el perfil de la agente, encomendando a ese fin las gestiones pertinentes a la Dirección de Gestión de Recursos Humanos No Docentes; en tanto, la trabajadora mantendrá su prestación de servicios en la dependencia a la que fuera oportunamente asignada. 12.- a) Analizada la presentación del señor Director de Prestaciones de DASMI, Daniel Leu, mediante la cual solicita la prórroga de la contratación del asesor letrado de DASMI con fondos de la partida Administración No Docente, desde el 1º de enero de 2011 y hasta el 31 de diciembre de 2011; las partes acuerdan la imputación de ese gasto a la Partida Presupuestaria Administración No Docente, Programa 1, Actividad 22. b) Analizada la presentación del señor Director de Extensión y Transferencias, Juan Cuevas, mediante la cual solicita la asignación de fondos para el desarrollo de los talleres artísticos previstos para el corriente año, la Comisión acuerda la asignación de cinco mil pesos ($ 5.000) mensuales de la Partida Presupuestaria Administración No Docente para la contratación de instructores bajo la modalidad de contratación de servicios con presentación de factura, para el desarrollo de los talleres y/o actividades culturales determinadas por la Dirección solicitante durante el año 2011. 13.- Considerada la propuesta, los representantes de ATUNLu informan que analizado el tema con el personal jerárquico de la Dirección General Económico Financiera se ha determinado un orden de prioridades a atender, teniendo en cuenta el incremento de tareas generado por el flujo proveniente del Proyecto Institucional, como así también por los procesos licitatorios concernientes a obra pública. Al respecto la parte empleadora solicita se mantenga el tema en estudio de la Comisión, en tanto se efectúan las consultas pertinentes a la unidad política del Rectorado con injerencia en la estructura en cuestión. No obstante ello, atento a la urgencia que presentan algunos requerimientos de ese sector, las partes acuerdan se atiendan las necesidades de personal más urgentes a través de la reubicación de personal que hubiera solicitado cambio de sector o agrupamiento. 14.- Las partes toman conocimiento del Informe Anual de Capacitación remitido por la Dirección de Gestión de Recursos Humanos No Docentes correspondiente a todas las actividades de formación realizadas por el personal No Docente durante el año 2010, en el marco del Programa de Capacitación Permanente establecido por la Reglamentación Particular del Título 8 del Convenio Colectivo de Trabajo, Decreto PEN Nº 366/06, homologada por Res. CS. Nº 582/08. 15.- Tratado el tema, considerado el dictamen del Servicio de Reconocimientos Médicos por el cual se requiere a la Universidad el cambio de sector de la señora María del Carmen VILLONE; teniendo en cuenta la celeridad que corresponde dar al trámite en tanto se trata del resguardo de la salubridad de un trabajador; tomados en cuenta los antecedentes, la situación de revista de la trabajadora en cuestión y el requerimiento de personal presentado por la titular de la Dirección
General Económico Financiera, Cdora. Graciela Semis; las partes acuerdan el cambio de sector de la señora María del Carmen Villone a la Dirección General Económico Financiera y encomiendan a la Dirección de Gestión de RRHH No Docentes las gestiones pertinentes a fin de efectivizar el mismo a la mayor brevedad posible. 16.- Analizada la presentación del personal médico que presta servicios como Personal No Docente en la Delegación San Fernando gestionada por TRI-LUJ: 7351/2010 y teniendo en cuenta que por Expediente Nº 53/2011 se trata la situación horaria de ese personal, la Comisión define necesario que previo al tratamiento de los requerimientos del personal en cuestión, corresponde se regularice el cumplimiento de prestación de servicios de ese personal, conforme su situación de revista. Al respecto y analizados los antecedentes obrantes en el Expediente 53/2011, el régimen aplicable a la relación de empleo de los trabajadores No Docentes, el dictamen del Servicio Jurídico Permanente obrante de fojas 88 a 93 del referido Expediente y lo determinado por Resoluciones R. Ns° 902/08, 272/09, 354/09 y 444/10, la Comisión acuerda remitir el trámite a la Dirección General de Recursos Humanos a fin de ejecutar las acciones que resultan corresponder; solicitando además a esa dependencia informe a esta Comisión Paritaria Particular respecto de la resolución del trámite o, en su defecto, las gestiones realizadas a tal fin, en tanto corresponde a esta Comisión tratar luego la presentación del personal médico efectuada por TRI-LUJ: 7351/2010. 17.- Considerada la presentación efectuada por el Presidente de la Comisión Permanente de Seguimiento de la Accesibilidad, Lic. Ariel Eduardo LIBRANDI, -Res. R. Nº 526/08- mediante el cual solicita la afectación de personal No Docente, la parte empleadora expone cuestiones inherentes a la implementación de un centro de digitalización en el ámbito de la Universidad, a la vez que asume acercar a la Comisión más precisiones respecto de los servicios No Docentes que tal proyecto requerirá. 18.- Tratada la presentación de ATUNLu mediante la cual se propone la extensión del período de receso invernal, la parte empleadora solicita mantener el tema en estudio hasta la próxima reunión ordinaria a fin de determinar la viabilidad de la modificación propuesta. 19.- Tratada la presentación de ATUNLu relacionada a la modificación de la Reglamentación del Régimen de Concursos, la parte trabajadora expone respecto de las reformas propuestas, fundamentos y sustento normativo; la parte empleadora toma conocimiento y acuerda su análisis para el consiguiente tratamiento. 20.- Analizada la presentación efectuada por la Dirección de Gestión de RRHH No Docentes mediante la cual observa que personal No Docente responsable de área al que por Res. R Nº 243/10 se le asignara Caja Chica al momento no percibe el suplemento por Administración de Caja Chica, la Comisión conviene las asignaciones que como Anexo IX forman parte de la presente, en tanto ello se corresponde con lo determinado por la Reglamentación Particular del Artículo 70 CCT, Decreto PEN Nº 366/06, homologada por Res. CS Nº 434/08. A su vez, la Comisión analiza el informe en relación a los suplementos que al momento percibe el personal No Docente conforme lo determinado por Res. CS Nsº 434/08 y 438/08. Al respecto la Comisión toma conocimiento que cotejadas altas y bajas acordadas contra su efectiva liquidación en los haberes de los agentes, se ha detectado el incumplimiento de la baja de suplemento por Administración de fondos de Caja Chica determinada por Res. R Nº 392/09; en función de ello la Comisión Paritaria acuerda encomendar a la Dirección General de Recursos Humanos las gestiones pertinentes a fin de regularizar esa situación a la mayor brevedad posible, a la vez que la parte empleadora solicita le sean remitidos los antecedentes de dicha omisión para su análisis y medidas que correspondan. Por último, en relación al punto 8 del Acta Acuerdo Nº 13/2010 de fecha 4 de octubre de 2010, para el caso de la Dirección General de Recursos Humanos, la Comisión acuerda completar el equipo de trabajo determinado, con un Representante de cada una de las partes de esta
Comisión. Al respecto la parte trabajadora define encomendar tal gestión al compañero Juan Ramos. ---Siendo la quince horas y no habiendo más temas que tratar, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.------------------------------------------------------------------------------
Gabriel CASCALLARES
Source: http://www.drrhhnodocente.unlu.edu.ar/sites/www.drrhhnodocente.unlu.edu.ar/files/site/Acta%20Comision%20Paritaria%20Particular%20No%20Docente%202-11.pdf
International Journal of Oral & Maxillofacial Pathology. 2012;3(3):56-60 ISSN 2231 – 2250 Available online at http://www.journalgateway.com or www.ijomp.org Case Report Intraosseous Transmigration of Impacted Canines: Report of Five Cases Sulabha AN, Sachin Deshpande, Sameer C Abstract Transmigration is rare and unusual anomaly involving the intraosseous migration of impacted tooth across midline regardless of the distance. This occurs almost exclusively with mandibular canines. Etiology is still unclear and is not well documented in the literature. Transmigration can occur as isolated finding or in association with other findings such as dentigerous cyst, odontomas, impactions of other teeth etc. Transmigrated canines are particularly significant due to aesthetic and functional importance. Early radiographic examination of the patient is important for the treatment. More documentation of this anomaly and future studies may lead to a better understanding of this rare anomaly, its etiology and improvement of the classification criteria. This paper presents five cases of transmigration of mandibular canines of which two were associated with dentigerous cyst, one associated with bodily rotation of canine, one associated with absence of third molars on right side. Keywords: Impacted Canine;Tooth Migration;Transmigration;Intraosseous;Dentigerous Cyst; Observation. Sulabha AN, Sachin Deshpande, Sameer C. Intraosseous Transmigration of Impacted Canines: Report of Five Cases. International Journal of Oral and Maxillofacial Pathology; 2012:3(3):56-60. ©International Journal of Oral and Maxillofacial Pathology. Published by Publishing Division, Celesta Software Private Limited. All Rights Reserved.
Contrôle n°2 de Sciences Physiques P rénom : ercice 1 : Densité et masse volumique Retrouver l'huile essentielle que contient chaque éprouvette : Justifiez vos résultats par des calculs. Exercice 2 : L'hydrodistillation L'huile essentielle du clou de girofle est constituée à 96% d'eugénol. Cette espèce chimique peut être extraite du clou de girofle par entraînement à la vapeur (ou hydrodistillation).Le distillat ainsi recueilli est introduit dans une ampoule à décanter dans laquelle on rajoute un solvant organique afin de mettre en œuvre une extraction par solvant.